La gestión del tiempo de trabajo dentro de una empresa es una de las tareas más sensibles y, a menudo, una fuente de dudas tanto para empleadores como para empleados. Entre los conceptos que más confusión generan están las horas complementarias y las horas extraordinarias.
Mientras que las horas extra suelen ser bien conocidas por todos, las horas complementarias no lo son tanto, a pesar de que tienen un impacto directo en la organización y planificación del trabajo, especialmente en contratos a tiempo parcial. Conocer bien la diferencia entre ambas y saber cómo gestionarlas correctamente es fundamental para cumplir con la normativa laboral y evitar problemas legales o económicos.
Qué son las horas complementarias y cómo se regulan
Las horas complementarias son aquellas que realiza un trabajador con contrato a tiempo parcial por encima de su jornada habitual, pero sin llegar a superar la jornada completa establecida legalmente o en convenio. No son horas extra, pero tampoco forman parte de la jornada ordinaria. Su existencia está regulada por el artículo 12.5 del Estatuto de los Trabajadores, y se trata de una figura completamente legal, siempre que se respeten ciertos requisitos.
Para que un trabajador pueda realizar horas complementarias, debe haber un pacto expreso por escrito entre la empresa y el trabajador. Este acuerdo puede establecerse al firmar el contrato o en cualquier momento posterior, pero siempre debe quedar documentado. No es válido un compromiso verbal ni una práctica informal.
Además, estas horas solo pueden aplicarse si el contrato a tiempo parcial es de tipo indefinido y tiene una duración mínima de diez horas semanales en cómputo anual. El número total de horas complementarias también debe estar fijado en ese pacto, y no pueden superarse los límites marcados por ley o convenio colectivo.
Por otra parte, la empresa está obligada a avisar con al menos tres días de antelación cuándo deberán realizarse estas horas. Ese plazo puede variar únicamente si el convenio lo permite. Si el trabajador desea renunciar al pacto, podrá hacerlo tras haber pasado un año desde su firma, siempre que lo comunique con quince días de antelación y exista una causa justificada (como motivos familiares, estudios, cambios de jornada, entre otros).
¿Y las horas extraordinarias?
Por su parte, las horas extraordinarias son aquellas que realiza un trabajador más allá de su jornada laboral completa. Se aplican exclusivamente en contratos a tiempo completo, y su carácter es, por defecto, voluntario, salvo que exista un acuerdo expreso o que estén estipuladas en el convenio colectivo correspondiente.
La ley establece un máximo de 80 horas extra al año por trabajador, sin contar aquellas que se compensan con descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización. Aunque tradicionalmente se asocian a jornadas de 40 horas semanales, hay convenios que reducen esa jornada a 37,5 horas o similares; en estos casos, cualquier tiempo de trabajo adicional sigue siendo considerado hora extra.
La clave para diferenciarlas está en el tipo de contrato y en el punto de partida de la jornada: las complementarias amplían una jornada parcial sin alcanzar una completa, mientras que las extraordinarias superan una jornada ya completa.
Entonces, ¿cuál es la diferencia real entre horas complementarias y horas extraordinarias?
Aunque a simple vista pueden parecer lo mismo —porque ambas suponen trabajar más horas—, la diferencia principal está en el tipo de contrato y el umbral de jornada que se toma como referencia.
Las horas complementarias solo pueden aplicarse a personas que tienen un contrato a tiempo parcial. Se trata de horas adicionales a su jornada pactada, pero sin llegar a superar las horas de un contrato a jornada completa. Están pensadas para dar algo más de flexibilidad al empleador, pero siempre bajo acuerdo por escrito, con límites definidos y condiciones claras.
En cambio, las horas extraordinarias se aplican a empleados con contrato a tiempo completo y son todas aquellas horas que se trabajan por encima de la jornada máxima legal (normalmente 40 horas semanales o la que marque el convenio). Son excepcionales, están sujetas a un máximo anual de 80 horas y deben pagarse o compensarse con descanso.
Qué ocurre con las horas en situaciones especiales como un ERTE
En los periodos en los que una empresa se encuentra inmersa en un ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo), no está permitido realizar ni horas complementarias ni extraordinarias. Esta limitación tiene una lógica clara: si la empresa se acoge a una reducción o suspensión de jornada por causas justificadas, no tiene sentido que al mismo tiempo se demande trabajo adicional a los empleados.
Incumplir esta norma puede considerarse fraude y traer consigo consecuencias legales tanto para la empresa como para el trabajador.
Cómo gestionar correctamente las horas trabajadas
Tanto las horas complementarias como las extraordinarias deben estar perfectamente controladas y reflejadas en el registro de jornada. Desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2019, todas las empresas están obligadas a llevar un control horario diario y fiable de la jornada de sus empleados, sin excepción.
Aquí no valen excusas: llevar ese registro a mano o mediante hojas de cálculo no solo es poco práctico, sino también arriesgado. Las plantillas manuales son fácilmente manipulables y, en caso de inspección, pueden no ser consideradas válidas por la Inspección de Trabajo. Además, la pérdida de registros en papel es más común de lo que parece.
No registrar correctamente las horas puede traducirse en sanciones económicas importantes y en conflictos con la plantilla. Más aún si hablamos de contratos a tiempo parcial, donde un uso incorrecto de las horas complementarias puede tener consecuencias como la transformación automática del contrato en uno de jornada completa.
Por qué el control horario es esencial
Gestionar adecuadamente el tiempo de trabajo no es solo una obligación legal, sino también una forma de ordenar internamente la operativa de la empresa. Cuando se registra bien cada jornada, es mucho más fácil planificar turnos, equilibrar cargas de trabajo, detectar excesos y tomar decisiones informadas.
Además, desde una perspectiva de recursos humanos, tener un control preciso del tiempo también transmite confianza al equipo, refuerza la transparencia y evita malentendidos sobre el cómputo de horas, descansos o compensaciones.
Y en el caso concreto de las horas complementarias —que por su naturaleza están sujetas a límites muy estrictos—, un sistema de control horario es la única forma segura de demostrar que se cumplen las condiciones legales.
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